¿Tu abuelo o padre fue español que salió con el exilio? España te busca

La llamada Ley de Memoria Democrática es una buena oportunidad para obtener la nacionalidad española; está dirigida a hijos o nietos de exiliados españoles que salieron de ese país

Muchos mexicanos descendientes de españoles podrán tramitar su nacionalidad en la madre patria.

Recientemente el Parlamento español aprobó la llamada Ley de Memoria Democrática, que pretende rendir tributo a quienes tuvieron que abandonar España por razones políticas, ideológicas o de creencia durante la Guerra Civil, así como a aquellas mujeres que tuvieron que renunciar o perdieron la nacionalidad al contraer matrimonio por el hecho de ser mujer, lo cual suponía una discriminación evidente.

Respecto de los exiliados, se estima que entre 1939 y 1943 -bajo el mandato de Lázaro Cárdenas- llegaron a México entre 20 mil y 25 mil personas desde España.

Se les caracterizaban como un “selecto grupo de alto nivel” por ser muchos de ellos intelectuales o personas de la élite española. Gracias a su llegada nuestro país conformó grandes instituciones.

Muchos eran militares, marinos, pilotos, economistas y hombres de Estado relacionados al gobierno republicano que fue derrotado durante la guerra. Miles de españoles optaron por huir debido a la violencia y la persecución que se vivía en España durante la Guerra Civil y el franquismo, y todas estas personas y sus familias fueron acogidas calurosamente en nuestro país tras salir huyendo de esta terrible guerra. Ahora, décadas después, sus descendientes por fin tendrán la oportunidad de obtener la nacionalidad española.

Ésta se podrá solicitar bajo la Ley de Memoria Democrática en los siguientes casos:

  1. Los hijos o nietos nacidos fuera de España de padre, madre o abuelo/abuela españoles que fueron exiliados y salieron de España por motivos políticos, ideológicos o de creencia o de orientación e identidad sexual; y que por dicho exilio perdieron o renunciaron a su nacionalidad española.
  2. Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  3. Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a la Ley de Memoria Histórica (Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre).

“La solicitud de nacionalidad deberá formalizarse en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta Ley. Al terminar este plazo, el Consejo de Ministros podrá acordar su prórroga por un año más. Ya estamos gestionando las solicitudes de muchos mexicanos que tienen derecho a la nacionalidad española por esta Ley”, afirma Rubén Mañanes, director de la firma madrileña Stratego Abogados.