El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) aprobó en sesión pública virtual la sentencia para proteger los derechos políticos LGBT+

Morelia, Michoacán, a 27 de febrero del 2021.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) aprobó en sesión pública virtual una sentencia. Esto para la protección de los derechos político electorales de la comunidad LGBT+. Así, se beneficia a las personas que integran a la comunidad LGBT+, a los indígenas, los jóvenes y las que presentan alguna discapacidad. Esto para acceder a cargos de elección popular en las próximas elecciones de diputaciones locales y Ayuntamientos.

En la resolución, se consideró que se acreditaba una omisión del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) a través de su Consejo General. El cual sí está facultado y debe emitir acciones afirmativas en favor de las personas de sectores sociales vulnerables.

Función electoral

El proyecto de sentencia estuvo a cargo de José René Olivos Campos, Magistrado del TEEM. Y fue aprobado por la mayoría del Pleno. El cual consideró, analizando el marco jurídico que rige el actuar del IEM, como organismo público autónomo, que tiene a su cargo la función electoral. Misma que comprende, entre otros aspectos, el dirigir, organizar y vigilar las elecciones locales. Y donde se establece su facultad reglamentaria, la cual le confiere la posibilidad de expedir reglamentos o acuerdos para regular todo lo necesario. Como la postulación de candidaturas a los cargos públicos de elección popular.

El TEEM ordenó al Consejo General del IEM que dentro del plazo máximo de siete días, en ejercicio de sus facultades y atribuciones, emita un acuerdo o lineamientos. En donde establezca acciones afirmativas a través de una cuota determinada y específica. Esto en favor de las personas que integran a la comunidad LGBT+, indígenas, jóvenes y aquellas que presentan alguna discapacidad. Ello para las elecciones de diputaciones locales y Ayuntamientos en el presente proceso electoral 2020-2021.

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