Los jueces determinaron que, Michoacán no puede pretender transferir a la Federación los servicios educativos.
México. 22 de enero de 2022.- Las entidades federativas no pueden ceder las obligaciones administrativas, operativas, presupuestarias y laborales en materia de educación, pues la ley general establece competencias y atribuciones concurrentes entre federación, estados y municipios, según el fallo.
Así lo sentenció este jueves la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la controversia constitucional 26/2019, interpuesta por el exgobernador de Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, para terminar el acuerdo con el gobierno federal y devolverle la administración de la educación pública en la entidad, incluida la nómina magisterial.
Por mayoría, los ministros aprobaron el proyecto de sentencia de Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien planteó negar la solicitud del gobierno michoacano para dar por terminado el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y sus convenios derivados.
Los togados determinaron que Michoacán de Ocampo tiene obligaciones derivadas del sistema normativo concurrente entre la Federación y las entidades, así como de aquellas que adquirió al suscribir dicho acuerdo.
En caso de discrepancia respecto de su cumplimiento, deberá resolverse de común acuerdo conforme a lo estipulado en uno de los convenios.
En este sentido, la sala consideró que, por la concurrencia que se establece en la Constitución federal, Michoacán no puede pretender transferir a la Federación los servicios educativos en los que concurre con ésta.
Mucho menos –agregaron– puede cederle los que le competen de forma exclusiva, como la educación inicial, básica incluyendo la indígena, especial, así como la normal.
Y es que –señalaron– además de que la concurrencia de competencias y de atribuciones educativas tiene rango constitucional, la prestación y financiamiento de servicios educativos está prevista en la Ley General de Educación.
El criterio de concurrencia competencial y de atribuciones en materia educativa que emana de dicha resolución va en contra de los planes del Gobierno de México para federalizar las nóminas magisteriales de Michoacán y Colima.