Salinas Pliego pretendía eludir el pago de 2mil 636 millones de pesos por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR).
México. 20 de enero de 2022. – Grupo Salinas anunció que recurrirá a las instancias internacionales para defender su “legítimo derecho”, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el recurso de revisión por medio del cual el magnate Ricardo Salinas Pliego pretendía eludir el pago de 2mil 636 millones de pesos por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR).
En un comunicado, el empresario acusó a los ministros de la Corte de negarse a analizar el fondo de su amparo, “violando así abiertamente nuestro derecho humano de acceso a la justicia y debida defensa” consignados en la Constitución, así como en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
De acuerdo con el corporativo, cuenta con pleno derecho a discrepar de las autoridades y a defender de lo que considera una violación flagrante a sus derechos humanos.
“Lo hemos dicho antes y lo reiteramos ahora: en Grupo Salinas estamos convencidos de que los instrumentos legales tanto nacionales como internacionales son parte fundamental de la democracia. Hacer uso de ellos es una manera no sólo de defender nuestras empresas y negocios, sino a nuestros colaboradores y nuestra convicción de pleno respeto al libre mercado y el Estado de derecho”, remachó.
Ayer por tres votos contra dos, la Segunda Sala de la Corte emitió una sentencia que confirma dos fallos previos del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que validaron el monto del crédito fiscal que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) impuso a la empresa de Salinas Pliego desde el año 2013.
A propuesta de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el ministro Javier Laynez Potisek y la ministra Yasmín Esquivel Mossa desecharon un recurso de revisión presentado por los abogados de Grupo Elektra, por considerar que no cumplía con los requisitos de interés y trascendencia para revisar el fallo de un tribunal federal, debido a que los argumentos de la empresa quejosa no incluían cuestionamientos a la constitucionalidad de una norma federal.