Fortalece FGE acciones para promover los mecanismos alternativos de solución de controversias, como una vía para acceder a la justicia
Morelia, Michoacán. Como parte de las acciones que lleva a cabo la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) para dar solución a las denuncias de la ciudadanía, desde una perspectiva diferente y con alternativas de atención inmediata en denuncias que no requieren prisión preventiva oficiosa, a través del Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (CMASC), se lograron concretar 6 Acuerdos Reparatorios en Coalcomán.
En seguimiento a lo establecido en el Plan de Persecución de Delitos, de privilegiar la atención oportuna y eficaz a la víctima, a través de mecanismos de despresurización, durante la séptima jornada de trabajo del CMASC, fueron atendidas 60 personas de las cuales 19 se beneficiaron con estos Acuerdos Reparatorios, mismos que fueron debidamente validados.
A través de estas campañas denominadas “El Acceso a la Justicia a través de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias”, que se han realizado en las diversas fiscalías regionales, la FGE refrenda su compromiso de cumplir con los objetivos establecidos en este eje enmarcado en dicho Plan, que son, la despresurización de las Carpetas de Investigación, así como fortalecimiento del CMASC.
En esta ocasión, dichas jornadas de trabajo fueron realizadas en la Fiscalía Regional de Coalcomán, así como en los distritos de Tepalcatepec y Coahuayana, explicó la coordinadora del CMASC, Marisol Moreno Álvarez, quien resaltó el compromiso de la FGE, a través del Fiscal General, Adrián López Solís, así como de todo el equipo de trabajo, compuesto por facilitadores, validadores y directivos.
La coordinadora, explicó que los Acuerdos alcanzados, corresponden a delitos de sustracción de menores, lesiones culposas por hechos de tránsito, amenazas y daño en las cosas, lesiones en razón de parentesco, amenazas, y uno más por lesiones simples, asimismo, explicó que fueron reprogramadas 4 sesiones de mediación con el objetivo de buscar que se beneficien más personas a través de estos mecanismos.
El Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales, establece que los acuerdos reparatorios son aquéllos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de control y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
Asimismo, en su Artículo 188, se establece que éstos procederán desde la presentación de la denuncia o querella hasta antes de decretarse el auto de apertura de juicio.
En el caso de que se haya dictado el auto de vinculación a proceso y hasta antes de que se haya dictado el auto de apertura a juicio, el Juez de Control, a petición de las partes, podrá suspender el proceso penal hasta por treinta días para que las partes puedan concretar el acuerdo con el apoyo de la autoridad competente especializada en la materia.