“No existe todavía legislación que regule la IA en México, mientas tanto a nivel internacional encontramos trabajos y realidades regulatorias muy relevantes como la Europea a través del Reglamento de IA”.

Morelia, Michoacán a 9 de abril de 2025.- Ante la Inteligencia Artificial (IA) las personas en México, no tienen los medios de protección que regulen los derechos digitales ante el uso de las neurotecnologías, IA o ciberseguridad, ni tampoco comprendemos los nuevos derechos que van más allá de los derechos humanos de cuarta generación, así lo explicó Rodolfo Guerrero Martínez, en la conferencia “Inteligencia Artificial y Derecho: La batalla por regular lo intangible”.

Alma Rosa Bahena Villalobos, Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEEMICH) expresó la importancia de la actualización en materia electoral para conocer los alcances de la IA, y enfatizó que el derecho es una herramienta para mejorar las relaciones interpersonales e interestatales, teniendo como finalidad la protección de los derechos fundamentales de las personas.

En este sentido, el rector de la Universidad Latina de América, Jesús Vivanco Rodríguez explicó la necesidad como docentes de adaptarse ante la IA generadora de contenido para garantizar el proceso de adquisición de conocimientos, y coincidió con la necesidad de actualización constante.

El ponente, quien es el Titular de la Comisión de Legaltech del Capítulo Occidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México A.C. explicó que en 5 años los sistemas de IA podrán escribir y mejorar su propio código, produciendo una automejora recursiva, en tanto que los humanos no estamos listos para la llegada de ese momento.

En materia de derecho, detalló que la ausencia de regulación específica sobre el uso de la IA en procedimientos judiciales puede propiciar la violación de principios procesales, en este sentido recordó el caso de Jerone Dewald en el que usó un avatar generado por IA para presentar argumentos ante la Corte Suprema del Estado de Nueva York, asunto en el que se evidenciaron los elementos críticos como: falta de transparencia al no revelar el uso de un avatar y la ausencia de la regulación específica.

Propuso que, para el uso de avatares en la impartición de justicia, se podría construir una argumentación constitucional basada en: derecho a acceso a la justicia, es decir el uso de avatares podría considerarse como una extensión moderna del derecho fundamental a la justicia; y el debido proceso tecnológico que se refiere a la actualización del concepto de debido proceso e incluir herramientas tecnológicas.

Además, sobre la pertinencia del uso de las IA, recordó la postura sobre la gobernanza flexible, “la batalla no es contra la IA, sino por encontrar un equilibrio en el que se entienda a priori que todo esto es para evolucionar y lograr que las personas en un futuro no muy lejano se dediquen a cuestiones mucho más dignas”.