Las legislaciones sobre el “derecho a la vida desde la concepción” son inconstitucionales, declaró la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Morelia, Michoacán, a 09 de septiembre del 2021.- Las legislaciones sobre el “derecho a la vida desde la concepción” son inconstitucionales. Así lo declaró hoy jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

De esta forma, los 11 Ministros de la SCJN invalidaron la Fracción I del Artículo 4º Bis A de la Constitución Política del Estado de Sinaloa. La cual declaraba que “el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido”.

“Debe ser claro que esto trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático. E impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”, dijo el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Quien es el autor del proyecto de la sentencia. La cual surgió de la impugnación a dicha Fracción del citado Artículo de la Constitución de Sinaloa, hecha por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y varios diputados locales.

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