Argumentaron los juzgadores una omisión legislativa que les impidió imponer la pena máxima, que actualmente es de 50 años
Morelia, Michoacán a 6 de abril de 2022.- La titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas (Seimujer), Tamara Sosa Alanís, lamentó la determinación de no imponer la pena máxima al responsable del feminicidio de Laura Yuritzi Ugalde, pese a que el caso evidenciaba que fue víctima de violencia reiterada en múltiples formas y su homicidio fue premeditado.
La titular de Seimujer manifestó que la omisión del Poder Legislativo en modificar el Artículo 31 del Código Penal de Michoacán, no permitió que se alcanzara la pena máxima, que actualmente es de 50 años, para el feminicida, situación que fue expuesta por los magistrados que llevaron el caso durante la audiencia en la que se emitió la sentencia.
Ante este tipo de situaciones, Sosa Alanís argumentó que seguirá insistiendo con exhortos respetuosos a las y los diputados locales para que pongan manos a la obra en el combate a la violencia feminicida desde sus trincheras y prioricen en sus agendas el paquete de reformas turnado por el Ejecutivo, que justamente contiene las agravantes para casos donde existe una relación previa entre la víctima y el agresor, que fue el caso en cuestión, pues el feminicida, David Domínguez Huerta, era esposo de Laura Ugalde, aunque ya estaban separados.
“La decisión de los jueces de poner la pena de 40 años fue en razón a que el Código Penal del Estado de Michoacán, en su artículo 31, se establecía al momento de la denuncia en 40 años de prisión como pena máxima es por ello que, de acuerdo a la irretroactividad en la ley, no se pudo otorgar los 50 años, que hasta el momento es la pena máxima en delitos de feminicidio”, indicó.
A la par de atender esa reforma pendiente, la secretaria de la Mujer instó a las y los legisladores a aprobar el paquete de reformas propuesto por el gobernador Alfredo Ramìrez Bedolla, puesto que contempla agravantes cuando existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima, cuando haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; y cuando existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
Finalmente, Sosa Alanís aseguró que con las reformas planteadas desde el Gobierno estatal, el crimen cometido no solo contra Lucía Ugalde y su familia, sino contra todas las mujeres, pudo haber alcanzado hasta 60 años de prisión, y la pena mínima ya no sería de 25, sino de 40 años de prisión.
Emiten fallo condenatorio contra David D., responsable del feminicidio de Lucia Yuritzi U