INE destituye a cinco consejeros del IEM, incluido su presidente Ignacio Hurtado

19 de junio del 2026.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó este jueves la remoción de cinco integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), entre ellos su presidente, Ignacio Hurtado Gómez, al considerar que incurrieron en una falta grave relacionada con la designación indebida de una persona encargada del despacho del Órgano Interno de Control.

La resolución fue avalada por una mayoría de ocho votos contra tres, luego de que el órgano electoral nacional concluyera que los consejeros actuaron sin contar con facultades legales para realizar dicho nombramiento, atribución que corresponde exclusivamente al Poder Legislativo.

Los funcionarios destituidos son el consejero presidente Ignacio Hurtado Gómez, las consejeras Marlene Mendoza Díaz de León y Claudia Marcela Carreño Mendoza, así como el consejero Juan Adolfo Montiel Hernández. El procedimiento también contemplaba a la consejera Silvia Verónica Mauricio Salazar, quien presentó su renuncia voluntaria e irrevocable el pasado 17 de junio, con efectos a partir del día siguiente.

Durante la discusión del caso, la presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, sostuvo una postura firme respecto al cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, al señalar que ninguna circunstancia administrativa o de urgencia institucional puede justificar la invasión de competencias establecidas por la ley.

El Consejo General determinó que la persona designada por el IEM sí ejerció funciones efectivas como titular provisional del Órgano Interno de Control, por lo que existió una actuación material derivada de un nombramiento realizado sin sustento jurídico.

Asimismo, el INE concluyó que los integrantes del órgano electoral michoacano tenían pleno conocimiento de que la facultad para designar a dicha autoridad correspondía exclusivamente al Congreso del Estado, por lo que la decisión adoptada no podía justificarse bajo criterios de necesidad operativa.

La autoridad electoral nacional también estableció que las decisiones tomadas de manera colegiada no eliminan la responsabilidad individual de los funcionarios involucrados y que el posterior nombramiento formal realizado por el Poder Legislativo no subsana ni extingue las irregularidades cometidas previamente.

Uno de los puntos que más llamó la atención durante la sesión fue la advertencia sobre las consecuencias institucionales que podría generar la destitución de los consejeros. Entre los argumentos expuestos se planteó la posibilidad de que el propio INE tenga que asumir la organización de la próxima elección local en Michoacán si las vacantes no son cubiertas oportunamente.

La resolución abre un nuevo capítulo en la vida institucional del órgano electoral michoacano, que ahora deberá enfrentar un proceso de renovación en su integración, en un contexto marcado por los preparativos rumbo al proceso electoral de 2027.

La decisión del INE representa una de las sanciones más severas aplicadas en años recientes contra integrantes de un organismo público local electoral y coloca bajo los reflectores el debate sobre los límites de actuación de los institutos electorales estatales y el respeto al marco constitucional de competencias.