El IEM aprobó lineamientos para la implementación de acciones afirmativas en cargos de elección popular a favor de las personas LGBT+
Morelia, Michoacán, a 09 de marzo del 2021.- El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobó lineamientos. Esto para la implementación de acciones afirmativas en cargos de elección popular a favor de las personas LGBT+, indígenas, jóvenes y en situación de Discapacidad. Las cuales son aplicables para el Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021. Y en su caso, también para las elecciones extraordinarias que se deriven en el Estado de Michoacán. Esto en acatamiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en el expediente TEEM-JDC-028-2021. Para contribuir a generar una pluralidad más amplia en el proceso electoral de este año.
Instituto Electoral de Michoacán
Dentro de la acciones afirmativas que el IEM aprobó, se indica que para las Diputaciones, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes deberán postular al menos una fórmula de personas. Esto por cada uno de los grupos en mención, que se auto adscriban dentro de los mismos por la vía de mayoría relativa. Es decir, por lo menos una persona LGBT+, una persona indígena (en los Distritos que cuenten con población indígena), una persona joven y una persona en situación de discapacidad. O bien, postularán una fórmula perteneciente por cada uno de los grupos. Esto por la vía de representación proporcional. La cual deberá encontrase dentro de los primeros ocho lugares de la lista respectiva.
En lo concerniente a los Ayuntamientos, los sujetos obligados deberán postular por cada bloque a por lo menos una candidatura a la Presidencia. O bien una fórmula a la Sindicatura por cada uno de los grupos de personas LGBT+, jóvenes y en situación de discapacidad. También puede postularse una formula en alguna de las dos primeras regidurías.
Postulación de personas indígenas
En este mismo ámbito, para las personas indígenas los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes deberán postular a por lo menos una fórmula de este sector. Esto en alguno de los municipios que cuentan con más del 60% de población indígena.
Los municipios antes citados son Nahuatzen, Charapan, Tingambato, Chilchota, Paracho, Nuevo Parangaricutiro y Erongarícuaro. Así como Tzintzuntzan, Aquila, Tangancícuaro, Peribán, Pátzcuaro, Ziracuaretiro y Quiroga. Esta Candidatura deberá ser postulada para el cargo de la Presidencia Municipal, Sindicatura o primera regiduría.
Cabe mencionar que el IEM ya había realizado una invitación a los partidos políticos para postular a personas pertenecientes a grupos vulnerables. Y en relación a las comunidades originarias, no se pudieron desarrollar las consultas correspondientes. Esto por motivo de la pandemia por la que se atraviesa. En consecuencia, no se pudieron generar acciones afirmativas. Sin embargo, ahora sí se les establece ante la sentencia del TEEM. Misma que va en la misma dirección del trabajo ya realizado por el IEM.
TEEM aprobó sentencia a favor de los derechos políticos LGBT+