La legisladora Yarabí Ávila propone una reforma a la Constitución de Michoacán para que al Ejecutivo estatal ya no le metan a “la congeladora” sus propuestas.
Morelia, Michoacán, a 26 de junio del 2019.- La diputada del PRI Yarabí Ávila González presentó ante el Pleno del Congreso del Estado de Michoacán la propuesta de reforma a la Constitución Política del Estado de Michoacán para elevar a rango constitucional la Iniciativa con Trámite Preferente cuando estas vienen del Ejecutivo estatal, y los períodos ordinarios de Sesiones del Congreso.
“Varias de sus iniciativas de Ley eran congeladas en el Poder Legislativo; finalmente, el Congreso de la Unión concedió al Ejecutivo una salida a estas trabas, mediante el decreto que reformó el artículo 71 constitucional en el que le fue reconocido al Presidente el derecho para presentar iniciativas con carácter preferente, cuya característica esencial es la prioridad, sobre cualquier iniciativa, para ser discutida y votada por el pleno sea con aprobación o rechazo, en un tiempo limitado, ineludible y sin prórroga”, afirmó la legisladora michoacana.
“Esta es la válvula de escape con la que el Presidente evita la parálisis legislativa para sus iniciativas”, añadió la diputada.
Por ahora, al gobernador solo se le concede el envío de iniciativas preferentes en caso de que exista una crisis de derechos humanos, de acuerdo con la Constitución del estado.
“En caso de que exista una crisis evidente en temas de derechos humanos, el gobernador podrá presentar, en cualquier momento, hasta dos iniciativas preferentes que correspondan a tal problemática, por cada año legislativo. Cada iniciativa con el carácter preferente deberá ser discutida y votada por el Pleno del Congreso del Estado en un plazo máximo de treinta días naturales”, indica el artículo 36 de la Constitución estatal.
Yarabí Ávila explicó que han sido omitidos estos principios que son ya contemplados dentro de la Constitución política del país, y que tuvieron su origen en que en muchas ocasiones las propuestas enviadas desde el Ejecutivo federal eran congeladas, sin ningún argumento, lo que retrasaban el cumplimiento de sus obligaciones administrativas y requirieron negociaciones desgastantes para ejercer las funciones constitucionales.
Los gobernadores de muchos estados aún hoy día viven dicho problema y no se les reconoce el derecho consagrado por el artículo 71 de la Carta Magna para presentar iniciativas con carácter preferente, indicó.
Por esta razón, se busca instituir en la Constitución local los periodos legislativos, y que el gobernador del Estado podrá presentar el día de la apertura de cada periodo de sesiones hasta dos iniciativas carácter preferente o señalar, con tal carácter, hasta dos iniciativas que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley Orgánica.
De acuerdo con un comunicado del Congreso local, también se propone que la iniciativa con carácter preferente deberá ser discutida y votada por el pleno del Congreso en un plazo máximo de 30 días naturales; si la Comisión o comisiones no hubiesen dictaminado la Iniciativa con carácter preferente en el plazo establecido, será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión del Pleno, sin trámite alguno y en los términos que fue presentada por el gobernador.