Los integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Estado analizaron el Juicio Ciudadano TEEM-JDC-159/2024 y resolvieron declarar fundados los agravios formulados por los candidatos a la Presidencia Municipal, Sindicatura y Regidurías postuladas por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Acción Nacional para integrar el Ayuntamiento de Tiquicheo de Nicolás Romero, Michoacán, en contra del Consejo Municipal de dicho municipio, por la omisión de llevar a cabo el cómputo y validez de la elección de Ayuntamiento, de expedir la constancia de mayoría y validez y de la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.
Por esta razón, se ordenó al Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán para que, dentro del término de 5 días contados a partir de la notificación de la sentencia, realice el cómputo de la elección de Ayuntamiento de Tiquicheo de Nicolás Romero, Michoacán, y una vez declarada la validez de la elección realice la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional y entregue las constancias de mayoría y validez a los candidatos electos; se vinculó a la Secretaría de Gobierno del Estado de Michoacán para que, en coordinación con el Consejo General del IEM, garanticen el traslado de los paquetes electorales que obran en poder del Consejo Municipal, a las oficinas que ocupa el órgano central del IEM, así como el desarrollo de la sesión de cómputo, salvaguardando en todo momento la integridad del personal.
Asimismo, se vinculó a los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, MORENA, Encuentro Solidario Michoacán, acreditados ante el Consejo Municipal, para que colaboren con el IEM y la Secretaría de Gobierno del Estado, a efecto de que se cumpla con lo ordenado en la sentencia y se conminó a los Partidos PES y PRI, para que, en lo sucesivo se abstengan de realizar cualquier tipo de conducta que altere orden público, perturbar el goce de las garantías o impedida el funcionamiento regular de los órganos de gobierno, respetando la libre participación política de los demás partidos políticos y los derechos de la ciudadanía.