Deudores alimenticios del país no podrán ser candidatos

Se creó el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias.

A partir de hoy los deudores alimenticios en el país tendrán que responsabilizarse de la alimentación de sus hijos e hijas, de lo contrario enfrentarán restricciones que van desde la imposibilidad de obtener una licencia de conducir ni pasaporte para salir del país, casarse o postularse a cargos de elección popular, como tampoco ocupar cargos como jueces o magistrados.

De acuerdo con las reformas en la Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, en materia de pensiones alimenticias se creó el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Para conocer si una persona es deudor alimenticio se podrá emitir un certificado que acredite su situación actual frente a su responsabilidad, ya que el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias emitirá certificados de no inscripción, a petición de la parte interesada. Para efecto de lo anterior, se dispondrá de un sitio web en el cual se genere automáticamente el certificado de forma gratuita, mismo que contendrá como mínimo la siguiente información:

I.     Nombre o nombres, apellidos y Clave Única de Registro de Población del deudor alimentario;

II.     Órgano jurisdiccional que ordenó el registro, cuantía de la pensión y estado de cumplimiento.

Con la entrada en vigor, a partir de este día, el Sistema Nacional DIF contará con un plazo de trescientos días hábiles para la implementación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.