La Iniciativa presentada por la diputada María de la Luz Núñez Ramos propone adicionar la Fracción IX al Artículo 9o. de la «Ley por una vida libre de violencia para las mujeres en el estado de Michoacán».
En su exposición de motivos, la diputada morenista argumenta que: «los derechos sexuales y reproductivos son parte de los derechos humanos que tenemos las mujeres y se encuentran fundamentados en diversos tratados internacionales, así como en la Constitución Federal y Estatal, y son la base para el reconocimiento y protección de los derechos del cuerpo en la sexualidad y la reproducción, dando protección a derechos fundamentales, como el derecho a la vida, la salud, la igualdad y no discriminación, la integridad personal y en general a una vida libre de violencia». Y agrega que: «Legalmente, el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos no puede entrar a debate, ya que se encuentra fundamentado y establecido en nuestras leyes, siendo indispensable que en Michoacán no se genere violencia sexual y reproductiva en contra de las mujeres».
La Fracción IX que propone adicionar al Artículo 9o. de La Ley por una vida libre de violencia para las mujeres define la violencia reproductiva como: «toda acción u omisión que limite, vulnere o coaccione a la mujer a decidir de manera voluntaria sobre su cuerpo y función reproductiva en relación con el número y espaciamiento de las y los hijos que decida tener, y limite el acceso a métodos anticonceptivos de su elección, a los servicios de atención prenatal, servicios obstétricos de emergencia y cualquier circunstancia que establezca la ley que sea de su beneficio».