La priísta Daniela de los Santos Torres se quedará sin la curul plurinominal a la que estaba inscrita en el Congreso del Estado de Michoacán
Morelia, Michoacán, a 26 de julio del 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró la omisión del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM). Esto en el sentido de tomar en consideración los votos de las candidaturas independientes en relación con el procedimiento de asignación de las Diputaciones por el Principio de Representación Proporcional. Asimismo, advirtió diversas inconsistencias en la asignación realizada por el citado Consejo. Por lo que hizo la recomposición del cómputo, impactando en el acta de circunscripción. Así, con esta resolución, la priísta Daniela de los Santos Torres se quedará sin una curul en el Congreso del Estado. Misma a la que estaba inscrita en la tercera fórmula. Y que le será dada a Gabriela López Mejía, de Morena.
Esto del análisis de los medios de impugnación TEEM-JDC-284/2021, TEEM-JDC-285/2021, TEEM-JDC-286/2021, TEEM-JDC-287/2021, TEEM-JIN-154/2021, TEEM-JIN-161/2021, TEEM-JIN162/2021, TEEM-JIN-163/2021, TEEM-JIN-164/2021 y TEEM-JIN-166/2021 Acumulados, presentados por diversos ciudadanos. Así como por los Partidos del Trabajo (PT), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Fuerza por México (FxM), Acción Nacional (PAN) y Morena. Quienes impugnaron el acuerdo IEM-CG-246/2021, aprobado por el Consejo General del IEM, a través del cual emitió la declaratoria de validez de la elección de Diputaciones por el Principio de Representación Proporcional.
La diputación plurinominal, para Morena
Por mayoría, las y los integrantes del pleno determinaron desarrollar la fórmula establecida en los Artículos 174º y 175º del Código Electoral. Resultando una modificación en la asignación que realizó el Consejo General, consistente en restarle al PRI una curul que se le otorgó por el mencionado principio. Así como asignársela a Morena. Para que de esta forma todos los partidos políticos se encontraran dentro de los límites constitucionales de representación.
Por ende, el Tribunal ordenó a la autoridad responsable revocar la constancia de asignación y validez de diputación de representación proporcional. La cual fue expedida a la tercera fórmula y postulada por el PRI. Y otorgar la correspondiente a la séptima fórmula, postulada por Morena.
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