La Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso michoacano amplió la prohibición del cobro por expedición de copias certificadas
Morelia, Michoacán, a 12 de octubre de 2020.- El Pleno de la LXXIV Legislatura del Congreso de Michoacán aprobó una adición a la ley. El cual consiste en un tercer párrafo a la Fracción VIII del Artículo 127º de la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán. Esto bajo la premisa Constitucional de que la justicia debe ser gratuita para todos. De esta forma, se amplió la prohibición del cobro por expedición de copias certificadas. Que emitan jueces o secretarios del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJ). Cuando éstas sean solicitadas por una persona que las necesite para hacer efectivo el ejercicio de un derecho. O para el desconocimiento de una obligación.
Lo anterior se hizo a propuesta de los integrantes de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso de Michoacán.
En este sentido, el dictamen aprobado durante la sesión de este lunes, refrenda la condición genérica de gratuidad. Que no implica únicamente la abolición de las cosas, sino que se amplíe en una prohibición del cobro por la expedición de dichas copias certificadas. Esto incluso para los materiales necesarios para su reproducción.
Por lo expuesto, señalaron los legisladores, y en razón a la transición que vive no sólo Michoacán sino el país entero, resulta prioritario que las autoridades sean responsables en la observancia total de los derechos. Y no se les cobre a los ciudadanos, que enfrentan conflictos de esta naturaleza, por la prestación de un servicio público.
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